¿Cuándo y cómo se puede cancelar un plan de pensiones?

como cancelar plan de pensiones

Los planes de pensiones son productos de ahorro a largo plazo que garantizan poder contar con un capital extra llegado el momento de la jubilación. Durante la vigencia del plan, el titular cuenta con ciertos beneficios fiscales que hacen que sea un método de ahorro muy ventajoso.

Como norma general, no es posible cancelar el plan de pensiones antes de la fecha de jubilación pero, como en todo, existen ciertas excepciones que están contempladas para poder hacerlo si se cumplen determinadas situaciones.

Desde Cetelem te explicamos, a continuación, cuáles son las excepciones a las que puedes acogerte si necesitas reintegrar el capital de tu plan de pensiones.  ¡Vamos a ello! 

1.    Más de 10 años de antigüedad

La última reforma fiscal llevada a cabo con respecto a la cancelación de un plan de pensiones, recogió una nueva posibilidad. Y es que se introduce la novedad de poder rescatar, a partir del 1 de enero de 2025, todos aquellos planes que tengan, como mínimo, 10 años de antigüedad

Es importante recordar que el rescate se puede hacer de forma progresiva, en cuyo caso se deberá tributar como rendimientos del trabajo, o de una sola vez. En caso de hacerlo de este último modo, la legislación permite una reducción del 30% aplicable a las aportaciones anteriores al 1 de enero de 2006.

2.    Desempleo de larga duración

Se puede cancelar un plan de pensiones anticipadamente si el titular se encuentra en situación legal de desempleo de larga duración. Para solicitarlo, se deberá acreditar a la entidad bancaria la siguiente documentación:

  • Estar en situación legal de desempleo
  • Estar inscrito en el registro como demandante de empleo
  • No tener derecho a la prestación contributiva o haberla agotado ya.

3.    Incapacidad laboral

Otra de las excepciones contempladas para poder cancelar un plan de pensiones es la situación de incapacidad laboral del titular. Para ello, éste debe acreditar su situación y que ésta esté reconocida por el organismo competente de algunas de las formas previstas: total, permanente absoluta o gran invalidez. 

Cabe destacar en este punto que, si el titular perdiera su situación de discapacidad, perdería también el derecho de seguir cobrando las rentas recibidas del plan de pensiones. 

4.    Enfermedad grave

La ley contempla la posibilidad de rescate del plan de pensiones en el caso de que el propio titular, el cónyuge o alguno de sus ascendientes o descendientes de primer grado, o persona bajo su tutela, padezcan una enfermedad grave, siempre y cuando convivan o dependan de él

5.    Situación de dependencia

Se puede cancelar un plan de pensiones, según lo establece el Real Decreto 504/2007 de 20 de abril si el titular del mismo puede demostrar que se encuentra en situación de dependencia severa o gran dependencia.

6.    Fallecimiento del titular

Por último, es posible rescatar un plan de pensiones anticipadamente si el titular del mismo fallece. En cuyo caso, todos los derechos acumulados del plan pasarán directamente a los beneficiarios del mismo o, en su defecto, a los herederos legales del mismo. 

Así que ¡ya lo sabes! Si estás pensando en cancelar un plan de pensiones antes del momento de tu jubilación, debes saber que solo en el caso de cumplir con algunas de estas excepciones podrás hacerlo.